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El Ministerio de Vivienda anuncia una moratoria para la entrada en vigor del Documento Básico de Protección frente al Ruido

El Consejo de Ministros del pasado 17 de octubre aprobó el Real Decreto por el que ha ampliado durante seis meses el periodo transitorio para que el documento básico de protección frente al ruido del Código Técnico de la Edificación (CTE) sea de obligado cumplimiento. De este modo, a partir del 24 de abril de 2009, todas las viviendas que se construyan tienen que cumplir ya las especificidades técnicas recogidas en el CTE en aras de conseguir la construcción de viviendas sostenibles y respetuosas con el medio ambiente.

Según ha explicado el Ministerio, la extensión de este periodo transitorio ha sido decidida en atención a las demandas de varios de los sectores involucrados en la puesta en marcha de esta norma, los cuales pidieron al Ministerio más tiempo para poder adecuarse a las exigencias técnicas establecidas en el documento básico de CTE, y después de haber escuchado a todas las partes implicadas.

Asimismo, el Ministerio opina que el mercado no está suficientemente maduro para aplicar al 100% las exigencias de esta normativa. De este modo, ha considerado que es mejor ampliar unos meses el periodo transitorio y seguir trabajando con el sector para mejorar las herramientas de aplicación del Documento Básico para asegurar que el mismo tenga un cumplimiento riguroso y mayor efectividad.

Por su parte, Hispalyt desde un principio se ha opuesto rotundamente a este aplazamiento y así lo ha comunicado al propio Ministerio. Gracias a la oposición de la Asociación, así como la de numerosas entidades profesionales relacionadas con el sector de la construcción, la moratoria se ha reducido finalmente a un periodo de seis meses, cuando la primera intención del Ministerio, según algunas fuentes, era de 14 meses.

El Documento Básico de Protección contra el Ruido lleva en vigor desde octubre de 2007. No obstante, el Real Decreto que desarrolla el contenido del mismo establecía un periodo transitorio de un año en el cual se permitía seguir aplicando la normativa previa en la materia, de manera que durante esos doce meses se podía optar por aplicar la anterior norma básica o las nuevas exigencias previstas en el Código Técnico de la Edificación. Esta medida se adoptó dada la complejidad técnica que tiene la aplicación del documento básico DB-HR.

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