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El IDAE lanza una nueva convocatoria de ayudas a la rehabilitación energética de edificios

El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), ha publicado las bases de la segunda convocatoria del programa de ayudas destinadas a proyectos de rehabilitación energética de edificios (PAREER II), dotada con 125,6 millones de euros. Esta nueva convocatoria finalizará en diciembre de 2018, o cuando se agote el presupuesto. Los interesados podrán solicitar las ayudas a través de la aplicación informática que lanzará el IDAE en su web.

Las acciones susceptibles de recibir las ayudas serán aquellas que consigan una reducción de las emisiones de CO2 y del consumo de energía final de los edificios, mediante la mejora de la eficiencia energética en una o varias de las tipologías siguientes:

  • Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
  • Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.
  • Sustitución de energía convencional por energía solar térmica.
  • Sustitución de energía convencional por energía geotérmica. 

El objetivo de estas ayudas es que las actuaciones mejoren la calificación energética total del edificio en al menos una letra, medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/ m2 año) con respecto a la calificación energética inicial. Además, se otorgarán ayudas adicionales a las actuaciones que alcancen clase energética “A” o “B”, o que incrementen más de dos letras la calificación energética inicial del edificio existente.

Podrán beneficiarse de las ayudas:

  • Los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso, con personalidad jurídica pública o privada
  • Las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales, constituidas como propiedad horizontal
  • Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios
  • Las empresas de servicios energéticos.

Cuantía de las ayudas

Todas las tipologías y beneficiarios podrán percibir una ayuda máxima sin contraprestación en función del uso del edificio y del tipo de actuación, con un 20%-30% de ayuda base y una cuantía máxima de préstamo reembolsable del 60%-70%. Los préstamos reembolsables tienen un tipo de interés Euribor + 0,0%, con un plazo máximo de amortización de 12 años, incluido un periodo de carencia opcional de 1 año.

El coste de la rehabilitación deberá estar entre 30.000 € y 4.000.000 €, y las actuaciones deberán iniciarse posteriormente a la entrada en vigor del Programa. Como novedad, cabe señalar que los beneficiarios podrán contar además con un anticipo, de hasta el 40% de la ayuda concedida, que podrán solicitar conforme se establece en el procedimiento de ayudas.

Más información: Web del IDAE / Bases de la convocatoria (BOE)

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